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Generales

Tribunal Constitucional ratifica inadmisibilidad de amparo contra el Pacto Eléctrico

El Tribunal Constitucional (TC), mediante la sentencia TC/0431/26, rechazó el recurso de revisión constitucional interpuesto por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT) y otras entidades contra la decisión que declaró inadmisible la acción de amparo respecto al Pacto Nacional para la Reforma del Sector Eléctrico.

Tras analizar el recurso, la alta corte lo declaró admisible en cuanto a la forma, al verificar el cumplimiento de los presupuestos procesales establecidos en la Ley núm. 137-11.

Sin embargo, en cuanto al fondo, el tribunal rechazó el recurso y confirmó la sentencia dictada previamente por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA).

El alto tribunal reafirmó su criterio de que el amparo no constituye la vía idónea cuando existen otros mecanismos judiciales ordinarios que permiten garantizar una tutela efectiva.

Según el TC, la pretensión de revocar un pacto administrativo y la solicitud de astreintes por retardo corresponden a la jurisdicción contencioso-administrativa, que cuenta con las facultades necesarias para valorar el conflicto y dictar medidas cautelares.

La sentencia, emitida el 15 de junio de 2026, enfatiza que la acción de amparo no debe ser utilizada como sustituto de las vías ordinarias cuando estas últimas ofrecen un nivel de exhaustividad superior para resolver conflictos complejos.

La decisión fue adoptada por la mayoría requerida, con la excepción de los magistrados Eunisis Vásquez Acosta (segunda sustituta) y Fidias Federico Aristy Payano, quienes no participaron en la deliberación y votación por causas previstas en la ley. Asimismo, consta en acta el voto salvado de la magistrada Alba Luisa Beard Marcos, el cual será incorporado a la decisión conforme al artículo 16 del Reglamento Jurisdiccional del Tribunal Constitucional.

Antecedentes del conflicto

La controversia se originó cuando la FJT y una coalición de organizaciones presentaron un amparo contra el Consejo Económico y Social (CES) y otras instituciones estatales.

El objetivo de los accionantes era detener la firma del Pacto Eléctrico y exigir el restablecimiento de la matrícula completa de los sectores integrantes para retomar las discusiones, bajo el argumento de supuestas violaciones al debido proceso y a la buena administración.

En marzo de 2021, la Primera Sala del TSA declaró inadmisible dicha acción al considerar que existía otra vía judicial efectiva: el recurso contencioso-administrativo.

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